III
Dispositiva
Por todo lo expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana LUZ CELESTE MONTIEL ARCIA, titular de la cédula de identidad No. V-14.383.866.-
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que lo unía con el ciudadano JACKSON ENRIQUE CALDERA, titular de la cédula de identidad Nº V-18.562.353, y que fuera contraído en fecha 11/04/2008, ante el Registro Civil de la parroquia Democracia del Municipio Puerto Cabello del estado Carabobo, tal como consta en acta asentada bajo el No. 25, Folios: 49 y 50, Tomo: I, Año 2008.-
Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia .....