III
Por todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos Elia Isabel Sandoval Salcedo y Jorge Humberto Martinez Silva venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-7.174.365 y V-7.158.551, respectivamente, asistidos por la abogada Milagros Cartaya, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No 62.209
SEGUNDO: Disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Elia Isabel Sandoval Salcedo y Jorge Humberto Martinez Silva, en fecha 03 de febrero de 1978, tal como se evidencia de acta de matrimonio emanada de la Oficina de Registro C.....