En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Carlos Rafael Jhonge Zavala, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 22.525, en su carácter de apoderado judicial del demandante GUSTAVO DAVID PEREZ. Así se establece.
CONFIRMA la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello en fecha 12 de agosto de 2015, que declaró sin lugar, la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales incoada por el ciudadano GUSTAVO DAVID PEREZ,. contra la entidad mercantil COSTA NORTE CONSTRUCCIONES, C.A., de las caract.....