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Decisiones del dia 18/02/2015

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : GP31-S-2015-000080 N° Sentencia : PJ0082015000034 Fecha: 18/02/2015
Procedimiento:
Unicos Y Universales Herederos
Partes:
EDGAR ALEXANDER BRITO GALLARDO, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NO. V-12.427.009, ACTUANDO EN CARÁCTER PROPIO Y REPRESENTACIÓN DE SUS HERMANOS KARINA MERCEDES BRITO GALLARDO, YHONNY ANTONIO ARCILA GALLARDO Y MARIBEL ROSANA ARCILA GALLARDO, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD NOS. V-12.427.009, V-18.563.421, V-24.303.956, Y V-23.432.633 RESPECTIVAMENTE, ASISTIDO POR LA ABOGADA CARMEN LOPEZ, INSCRITA EN EL INPREABOGADO Nº 227.252.
Resumen:
Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve DECLARAR suficiente las probanzas evacuadas para acreditarle a los ciudadanos EDGAR ALEXANDER BRITO GALLARDO, KARINA MERCEDES BRITO GALLARDO, YHONNY ANTONIO ARCILA GALLARDO Y MARIBEL ROSANA ARCILA GALLARDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. V-12.427.009, V-18.563.421, V-24.303.956, y V-23.432.633, respectivamente y de este domicilio; su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus MARLENE GUMERCINDA GALLARDO HERRERA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.897.727, de este domicilio, quien era su madre, fallecida ab-intestato en fecha 26/11/2014, con vocación h.....
Juez/Ponente:
María José Ambrosino Arrevillaga
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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N° Expediente : GP31-S-2015-000010 N° Sentencia : PJ0082015000032 Fecha: 18/02/2015
Procedimiento:
Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)
Partes:
SOLICITANTES: RAMON EMILIO GOMEZ YRIZA Y MAGDALENA MARTINS CORREIA, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, CÉDULAS DE IDENTIDAD NOS. V-7.926.425 Y V-7.167.653 RESPECTIVAMENTE, CON DOMICILIO EN LA CIUDAD DE OCUMARE DEL TUY- EDO. MIRANDA Y LA CIUDAD DE PUERTO CABELLO-EDO. CARABOBO, RESPECTIVAMENTE. ABOGADA ASISTENTE: LESBIA LOIZA, INSCRITA EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO BAJO EL NO. 49.536, Y DE ESTE DOMICILIO.
Resumen:
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO. Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, interpuesta por los ciudadanos: RAMON EMILIO GOMEZ YRIZA Y MAGDALENA MARTINS CORREIA, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nos. V-7.926.425 y V-7.167.653 respectivamente, con domicilio en la ciudad de Ocumare del Tuy- Edo. Miranda y la ciudad de Puerto Cabello- Edo. Carabobo, respectivamente, asistidos por el abogado LESBIA LOIZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 49.536, y de este domicilio. En cuanto a los hijos, manifiestan los solicitantes que no procrearon hijos durante su unión conyugal, con razón a los bienes, liquídese la comunidad conyugal.
Juez/Ponente:
María José Ambrosino Arrevillaga
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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N° Expediente : GP31-S-2014-000823 N° Sentencia : PJ0082015000033 Fecha: 18/02/2015
Procedimiento:
Unicos Y Universales Herederos
Partes:
PRIMITIVA MARGARITA PEREZ JIMENEZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NO. V-7.542.796, ASISTIDA POR EL ABOGADO ROGELIO ENRIQUE ALVAREZ, INSCRITO EN EL INPREABOGADO Nº 74.349
Resumen:
Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve DECLARAR suficiente las probanzas evacuadas para acreditarle a la ciudadana PRIMITIVA MARGARITA PEREZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-7.542.796, respectivamente y de este domicilio; su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus SIXTO ARTURO SANGRONIS VALLES, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.306.361, de este domicilio, quien era su concubino, fallecido ab-intestato en fecha 10/06/2007, con vocación hereditaria, con todos los derechos y atributos que acuerda la Ley, como también a salvo los derechos de terceros, de conformidad con lo establecido en los.....
Juez/Ponente:
María José Ambrosino Arrevillaga
Organo:
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito, Extensión Puerto Cabello.
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