REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 18 de febrero de 2014
203º y 154º
Vista la anterior demanda de partición de herencia, presentada por la abogada, Maria Auxiliadora Rosas Tirado, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.107.671, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 50.666, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana DOLORES MARIA RODRÍGUEZ DE SEIJAS, venezolana, viuda, titular de la cédula de identidad Nº V-2.840.786, con domicilio procesal en el Conjunto Residencial Los Mangos, Avenida San Juan vía Vianney, Torre A, Piso 7, Apartamento 77. Sector Los Caobos, Municipio Valencia del estado Carabobo; y por cuanto a la misma no es contraria al orden público, ni a las costumbre, ni a alguna disposición expresa de la ley, este Juzgado Agrario la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, emplácese a los ciudadanos ANA ISABEL ADARME.....