Por los motivos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO del presente asunto por OFRECIMIENTO PARA LA FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, interpuesta por el Abg. IRIS DOLORES MENDOZA, Fiscal Provisoria Décimo Noveno del Ministerio Público especializada en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, en beneficio de la niña (se omiten los nombres de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en contra de la ciudadana MARÍA DE LOS ÁNGELES MONTOYA ANDRADE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.026.530, conforme lo dispuesto en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, N.....