DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Superior del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: Se anula todo lo actuado desde el folio 22 y siguientes del expediente, inclusive la sentencia definitiva que se somete a consulta y, dictada en fecha 13 de octubre 2014 por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de este Circuito Judicial, que declaró con lugar la Solicitud de Interdicción interpuesta.
SEGUNDO: Se ordena al juez que resulte competente, tramitar la presente interdicción civil previamente verificada la notificación del Fiscal del Ministerio Público, antes de proceder a la realización de cualquier otra actuación de la ordenada en el auto de admisión. A tal fin, procédase a la distribución automatizada a través del sistema juris.....