Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, no extiende su homologación sobre el acuerdo transaccional vertido en la diligencia de fecha 17 de noviembre de 2011 consignada por la ciudadana Angela María Duran Corrales, en su condición de parte demandante, debidamente asistida por la abogado Mariana García, así como por el abogado Oswaldo Cabrera, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada.