III.- DISPOSITIVA
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN MARIARA, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por la ciudadana ALVANIS MARISOL BOLÍVAR DE MANZANAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.355.918, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 105.308, actuando en representación propia, en contra del ciudadano FRANK HERIBERTO MANZANAREZ AVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.604.752. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 17 de marzo de 1989, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Naguanagua del Estado Ca.....