Se reproduce sentencia en la cual se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Apoderado Judicial del demandante Abogado PEDRO PEÑALOZA DUARTE, al comprobarse en esta Alzada, que no logró probar sus alegatos. Y así se decide. CONFIRMA, la sentencia recurrida dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, extensión Puerto Cabello en fecha 23-julio-2008, y RATIFICA SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano CARLOS EDUARDO NARVAEZ, en contra de la empresa ALONSO MICRON C.A.-