III. DISPOSITIVA
Por todos y cada uno de los razonamientos expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: INADMISIBLE la OFERTA REAL presentada por la SOCIEDAD MERCANTIL CONSORCIO INMOBILIARIO Y & Y, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha 08 de octubre de 2013, bajo el N° 24, Tomo 2-C; Representado por el Ciudadano SIMON CABALLERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.503.656, Representada por su Apoderado Judicial Abogado SIMON CABALLERO, Inpreabogado N° 139.345, a favor de GRUPO MEDICO BIO SALUD LA GRANJA, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Ca.....