Este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Demanda de Divorcio, interpuesta por los ciudadanos LUIS RAIMUNDO GALLARDO BISOGNO Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-13.754.490 y la ciudadana NINOSKA ZULAY GUTIERREZ DE GALLARDO Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V-15.008.983, en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde fecha ocho (08) de Agosto del 2009 cuando contrajeron matrimonio ante la Alcaldía del Municipio Valencia del estado Carabobo, Así se Decide.