DECLARA INADMISIBLE la apelación presentada por la Defensora de los acusados respecto de la admisión de la acusación y de las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público.
SEGUNDO: SE ADMITE LA APELACIÓN respecto del tercer y cuarto puntos de impugnación relativos a la SOLICITUD DE NULIDAD y a la OMISIÓN FISCAL.