En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la Abogado ESTILITA RUIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 95.538, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos DIGNORA JOSEFINA ORTIZ CARRASQUEL e HILDE BRANDO ORTIZ CARRASQUEL, respectivamente. Así se establece.
CONFIRMA, la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en fecha 19 de enero de 2015, que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano RICHARD FRANCISCO OLIVERO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 12.423.214, contra los ciudadanos D.....