En virtud de lo precedentemente expuesto, Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con Sede en Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadanos GILBERTO ROJAS GUEVARA, JOVANNY RAFAEL LOPEZ CUÑÑA Y MIGUEL ANGEL GARCIA SIRIT venezolanos, mayores de edad, identificados con la cédulas de identidad No.17.025.106, 16.802.611 y 7.473.218 y 7.473.218,y la ENTIDAD DE TRABAJO COSTA NORTE CONSTRUCCIONES C.A en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada, SEGUNDO: ORDENA la remisión del expediente a la secretaría para efectuar los trámites procesales correspondientes al archivo del presente expediente una vez consten LOS pagos pendientes