En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada ANA YOLEIDA QUERO GONZALEZ (suficientemente identificada en autos) actuando con el carácter de apoderada judicial de la entidad mercantil TRANSPORTE CARVI 3000, C.A,. Así se establece.-
REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello en fecha 08 de noviembre de 2011, que declaró parcialmente con lugar la acción intentada, en ocasión a la incomparecencia de la demandada; impugnada mediante recurso de apelación planteado. Así se establece.-
REPONE la causa al estado de celebración de una .....