este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO.
Publíquese y Regístrese la presente decisión.
Se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte de la representación de la Procuraduría General del Estado Carabobo en la persona de su apoderada judicial Abogada ANA MARIA FREY RAMIREZ debidamente inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el No. 134.637 según consta de poder autenticado por ante la Notaría Pública Cuarta de Valencia en fecha 29/10/2010 No. 43 Tomo 311 el cual consigna previa certificación.
La Juez
Abg. GLADYS MIJARES LUY
El Secretario
. Abg. ANNERIS NORMAN
Apoderado Judicial de la Parte Demandada