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DECISIÓN
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, intentada por el ciudadano JESÚS JOSÉ PEREIRA VALLADARES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 17.985.086, asistido por el abogado MANUEL HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 316.689; contra el ciudadano JOSÉ JAVIER LOPEZ SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº. V-9.683.209, de este domicilio, asistido por la abogada ZULEYDA ALIENDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 224.542, de este domicilio, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 444 del.....