ista la transacción celebrada entre las partes intervinientes en la presente causa en fecha 22 de Septiembre de 2010, se Homologa la misma, y por cuanto los acuerdos alcanzados por estas no vulneran derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de Orden Publico, en consecuencia, se da por terminado el juicio, se le otorga los efectos de Cosa Juzgada, y se ordenara el archivo del expediente una vez que conste que el Oferido retire la suma consignada por la Oferente.