III.- DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos YENNIFFER CAROLINA ASENCIÓN MARTÍNEZ y ALEJANDRO MEJÍA MARTÍN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.179.535 y V-18.412.899, ambos de este domicilio; apoderada de los solicitantes la Abogada judicial REYNA MARTÍNEZ BONILLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.213.480, a tenor de lo dispuesto en la sentencia N° 1070 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 09 de diciembre de 2.....