DECRETA SUSPENDER CONDICIONALMENTE EL PROCESO al acusado JUAN CELESTINO ARMAS MIJARES titular de la cedula de identidad nro. V-7.061.260, por el lapso de UN (01) AÑO, imponiéndole las siguientes condiciones de conformidad con lo establecido en el articulo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, a saber: 1. Residir en lugar determinado, consignar constancia de residencia actualizada, asimismo se informa al ciudadano precitado que el mismo deberá consignar constancia de residencia actualizada si el mismo llegare a cambiar de residencia; 2.- La Obligación presentarse ante la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación de Valencia (UTSO), a los fines de ser orientado y recibir charlas en materia de género. De la misma manera se ratifica la medida de protección contenida en el artículo 90 numerales 5 y 6 de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, consistente en: 5°. La prohibición del agresor de acercarse al lugar de trabajo, de estudio y residencia de la .....