Este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Demanda de Divorcio, interpuesta por el ciudadano EUNNY YOVANNI GOMEZ NAVEDA, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.810.925, asistido por los abogados ROBERTO CORTEZ y ELDA CARVAJAL, inscritos en el I.P.S.A. bajo los N° 236.784 y 213.696 respectivamente, contra la ciudadana GABRIELA DEL CARMEN REYES ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad no.: V-15.062.025, en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde fecha Siete (07) de Junio del año 1998, cuando contrajeron matrimonio ante el Registro Civil del Municipio Francisco Del Carmen Carvajal, Estado Anzoátegui. Así se Decide.