En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR, recurso de apelación planteado por el abogado JOSE R. VARGAS SANCHEZ, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano HECTOR ORLANDO ALEZONES FAGUNDEZ, titular de la cédula de identidad número: 7.083.342. Así se establece.
MODIFICA la sentencia recurrida, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello en fecha 23 de octubre de 2015, que declaró parcialmente con lugar, la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros motivos, incoada por el ciudadano HECTOR ORLANDO ALEZONES FAGUNDEZ, contra la empresa CORPORACION ELECTRICA NACIONAL S.A. (CORPOELEC). Así se establece.
PARCIALME.....