Vista la anterior diligencia de Fecha 09 de Marzo de 2007 donde el ciudadano JOSE LUIS VIVAS CHACON, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.208.357, debidamente asistido de abogado José R. Vargas Sánchez, inscrito en el IPSA bajo el No. 16.201, desiste del procedimiento de Calificación de Despido incoado contra la empresa CADAFE, sin apremio ni coacción alguno, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, por remisión expresa del Artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo , es por lo que este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY y en virtud que dicha solicitud no es contraria a derecho ni menoscaba normas de orden público, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO INTENTADO EN CONTRA DE LA EMPRESA DEMANDADA COMPAÑÍA ANONIMA DE ADMINISTRACION Y FOMENT.....