III
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSE MORA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (POR DESAFECTO), interpuesta por el ciudadano DONATO FURIO BUSTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.251.165, asistido por la abogada MIRDA RUIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 151.945, contra la ciudadana ALEXANDRA DAMELIS COBIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.746.079. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vinculo matrimonial contraído en 20 de febrero de 1998, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Jua.....