En virtud de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Undécimo de Primera instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, 1º) HOMOLOGA la transacción celebrada entre la ciudadana, CAROLINA DEL VALLE QUINTERO CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.146.545, y la sociedad mercantil CONFIVEN, C.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada 2º) ORDENA a la secretaria los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.
LA JUEZA
ABG:
LA PARTE ACTORA p. CONFIVEN, C.A.
LA SECRETARIA
ABG: