En fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo con sede en Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
DESISTIDO el recurso ordinario de apelación planteado por el abogado CARLOS RAFAEL JHONGE ZAVALA, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matrícula Nº 22.525, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano LUIS ALEXIS PALAVICINI SOTO, contra el contra auto de fecha 10 de noviembre de 2014, dictado por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, mediante el cual declaró inadmisible la impugnación planteada contra la experticia del fallo. Así se establece.
CONFIRMA el auto de fecha 10 de noviembre de 2.....