declara “SIN LUGAR” el recurso de apelación interpuesto por la Profesional del derecho BLANCA ELENA ZALAZAR, Defensora Pública Vigésima Tercera, adscrita a la Defensa Pública del Estado Carabobo, en su condición de abogada defensora del penado JIMÉNEZ GUDIÑO JOSÉ GREGORIO, contra la decisión que declaro Improcedente la Medida Alternativa de Cumplimiento de pena solicitada a favor del mencionado penado de conformidad con lo establecido en el Parágrafo único del artículo 458 del Código Penal Vigente, publicado en Gaceta Oficial Nro. 5763 de fecha 16 de marzo del 2005. Como consecuencia de ello se confirma por ajustarse a derecho, el fallo dictado por la Jueza Tercera de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, Dra. Carina Zacchei Manganilla, en fecha 03 de agosto del 2007. Así se decide.