II
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: LA PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la instancia conforme al numeral primero del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, lo que origina la terminación del proceso iniciado por demanda de DIVORCIO POR DESAFECTO por el ciudadano ORLANDO DAVID DIAZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-14.251.280, asistido por el abogado ALEXIS JOSE AGRAIS FERNANDEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 319.742 contra la ciudadana MARIA GISELDA MECHIORRE MARTIN.....