ACUERDA el cese de manera inmediata de las medidas impuestas por este Tribunal en fecha 09 de Octubre del año 2.008, al ciudadano ESTEBAN RAMÓN BAUTE JARAMILLO, en virtud del Archivo Fiscal decretado por la Fiscalía 31º del Ministerio Público del Estado Carabobo, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 315 del Código Orgánico Procesal Penal.