Por todo lo expuesto, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por Angélica Carolina González Márquez, titular de la cédula de identidad No. V- 14.701.848.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que lo unía con Carlos José Mujica Berrios, titular de la cédula de identidad Nº V.-14.242715, y que fuera contraído en fecha 21/11/2007 por ante la Prefectura de la Parroquia Morón, del Municipio Juan José Mora del Estado Carabobo, según se evidencia de acta matrimonio inserta bajo el No. 130, Folio 59 y 60, Tomo II, Año 2007.
Regístrese, publíquese la anterior sentencia y déjese copia en el copiador de Sentencia.....