Hoy, 15 DE MAYO DE 2007, siendo la oportunidad fijada para dictar sentencia en la presente causa según acta de fecha 08 de Mayo de 2007 (folio 20), y vista la comparecencia la Audiencia Preliminar en igual fecha, por la parte actora ciudadano JOSÉ ÁLVAREZ, titular de la cédula de identidad No.8.665.626, mediante su apoderada judicial debidamente asistido de la Abogada YDELITZA GIMENEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.67.282, y en el cual este despacho dejo constancia DE LA NO COMPARECENCIA A LA AUDIENCIA de la parte demandada C.A.STRUCTURAL SOLUTION, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar el Dispositivo del Fallo, y en consecuencia, es por lo que este Tribunal, declara que una vez revisada la petición de EL DEMANDANTE, y encontrándola que no es contraria a derecho, presume la Admisión de los Hechos alegados, y en tal sentido: este Juzgado Prime.....