DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en sede constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Sabas Acosta Guevara, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad de comercio Transporte Guacara Sucesora Mariara, C.A.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 25 de febrero de 2005.
TERCERO: SE REPONE la causa al estado en que el Juzgado Superior del Trabajo que resulte competente resuelva la apelación planteada. En consecuencia, quedan nulas las actuaciones realizadas con posterioridad al 25 de febrero de 2005 y se ORDENA al Juzgado Primero de .....