III.- DISPOSITIVA
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN MARIARA, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, interpuesta por el ciudadano UBERTINO OROPEZA LINARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.235.099, asistido en este acto por el abogado en ejercicio HENRY ONORIO QUINTANA GONZÁLEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 107.705; contra la ciudadana ANA MARÍA MURILLO SACÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.390.859. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha en fecha 22 de junio de 2018, por ante la oficina de Registro Civil de la .....