Este Tribunal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a los ciudadanos RODRIGUEZ POLANCO ILSA MARIA, VALERO CRESPO OSCAR JOSE, y SILVA ESAA ENYERBER ALEXANDER, antes identificados, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto se extinguió la acción penal por cumplimiento de acuerdo reparatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 numeral 6 del Código adjetivo anteriormente mencionado. Igualmente, acuerda el cese de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, otorgada únicamente a la ciudadana RODRIGUEZ POLANCO ILSA MARIA; igualmente el cese de cualquier búsqueda que pese sobre la precitada ciudadana, relacionada con la presente causa, en consecuencia se ordena Oficiar a la Consultoría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, en Caracas, a los fines de su exclusión del sistema de registro que llevan esos organismos. Se nombra correo especial a José Soteldo.