Se dicta Auto Resolutorio mediante el cual se declara, que existen las suficientes probanzas evacuadas para acreditarle a la ciudadana ANA GRISELA RACERO VALENCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-22.743.811, de este domicilio, Titulo Supletorio sobre unas Bienhechurías construidas en un terreno de su propiedad, ubicado en la Urb. Tejerias, Calle 29, Casa Nº 7-83, en jurisdicción de la Parroquia Salóm del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo. Se ordeno devolver las actuaciones a los solicitantes en original. Se ordeno también expedir por secretaria copias certificada de las resultas de la presente solicitud que sean menester de la solicitante y dejar copia del auto resolutorio en el copiador de resoluciones autónomas.