Hoy, 14 de diciembre de 2010, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar el INICIO DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, se deja constancia de la incomparecencia la parte actora, JUAN BAUTISTA FIGUEREDO, titular de la cedula de identidad numero V- 2.562.477 y la empresa CONSORCIO TRANSMEICA., ni por si ni por medio de apoderado alguno, Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado decimo primero de primera instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede En Puerto cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 y 200.