-IV-
DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
PRIMERO: ABANDONO DE TRÁMITE por falta de interés en la conclusión definitiva de la presente Solicitud de PERPETUA MEMORIA, interpuesta por el ciudadano JHONDER ESDUARDO BLANCO ROSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-30.406.123, domicilio en la parroquia Mariara del municipio Diego Ibarra, estado Carabobo, debidamente asistido en este acto por el abogado FRANCISCO MORENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 176.823.
SEGUNDO: terminada la presente Solicitud iniciada en fecha dieciocho (18) de septiembre del 2025.
TERCERO: No hay condenatoria en costas conforme al artículo 283 del Código de Procedim.....