En el día hábil de hoy catorce de noviembre de dos mil ocho, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente por motivos de cobro de prestaciones sociales juicio, CONSTRUCTORA PEDECA, C.A y TRANSPORTE VIALES , C.A,( TRAVIALCA), representadas ambas por la abogado, ALEXANDRA BLEINNSSTEINNSS, inscrita en el inpreabogados N° 128.286, quien consigna copias del poder previo cotejo con su original, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de de Sustanciación, Mediación y Ejecución, del trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.