DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo sede Puerto Cabello. Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano ALEXIS ARMANDO GARCIA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.910.710, representado judicialmente por la abogada ALIDA COLINA RIERA, identificada en autos, contra la empresa NORAMAR C.A, representada por los abogados TOMAS ENRIQUE GIL HERRERA e YBRAHIM VILLEGAS POLANCO, plenamente identificados en autos POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, SALARIOS CAIDOS Y OTROS BENEFICIOS LABORALES. Y así se decide.
.-) En consecuencia, se ordena la corrección monetaria como sigue: Es criterio sostenido por la Sala de Casación Social con respecto a la Corrección Monetaria, que.....