Por las consideraciones antes expuesta, es por lo que este Tribunal Tercero de Los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demanda por DESALOJO intentada por LUCIA MARIA DE NOBREGA DE GOUVEIA asistida por la abogada YRMA OSORIO contra RAFAEL CERVELLI RIENZO, identificados en autos.