Con base en los razonamientos anteriormente expuestos y de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, actuando en sede contencioso administrativo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
• PRIMERO: Con lugar, el recurso de apelación interpuesto por la entidad de trabajo CINDU DE VENEZUELA S. A., a través de sus apoderados judiciales, contra el auto de admisión de fecha 03 de abril de 2018, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, mediante el cual admite y suspende el trámite del recurso hasta tanto conste en autos la certificación del cumplimiento de la Providencia Administrativa impugnada. Así se decide.
• SEGUNDO: Modifica la sentencia interl.....