Vista la Demanda presentada por la ciudadana MIRIAM RUTH SANTANA MUÑOZ venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, nro. V-7.270.389, asistida por el Abogado NERVIZON RAMON CASTILLO ESCALONA, inscrito en el IPSA bajo el nro. 263.624, contra la ciudadana VICTORIA IRINA NICULESCU DE TAPIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro. V-12.390.712. El dia 09/07/2025 comparece la demandante asistida de su abogado, ya identificados, mediante diligencia la cual DESISTE del presente procedimiento. Este Tribunal IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena la Devolución de los Originales solicitados, dejando en su lugar copia fotostática certificada, el cual se expedirá por Secretaría. Se ordena el Archivo Judicial del expediente.-
LA JUEZ PROVISORIO
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Abg. YASMILA DEL C. FARIAS LA SECRETARIA
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