En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio por mutuo acuerdo, presentada por los Ciudadanos JOANNA AVILEX MENDES PIÑA y ANDERSON RAFAEL FINAMORES ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cedula de Identidad Nros. V-14.573.169 y V-15.362.763, respectivamente, ambos de este domicilio, debidamente asistidos por la Abogada YAMELIS DEL VALLE PORTILLO PAREJO, Inpreabogado N° 78.384, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, el cual contrajeron en fecha 06 de Octubre de 2007, por ante la Oficina Subalterna del Registro Civil, Parroquia Salom del Municipio Puerto Cabello del estado Carabobo, según con.....