este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada en la persona de su apoderada judicial abogada en ejercicio YSABLE CARVALLO SANZ debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 67.456 según consta de instrumento poder autenticado en la Notaría Pública 4° del Municipio Baruta del Estado Miranda en fecha 17/12/2008 No. 13, Tomo 13 el cual consigna previa certificación, quien consigna escrito de pruebas contentivo de dos (02) folios y anexos identificados A poder que se incorporó a los autos, B, C, C1.
Publíquese y Regístrese la presente decisión.-.
La Juez
Abg. GLADYS MIJARES LUY
La Secretaria,
Abg......