este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano JOSÉ GREGORIO MORILLO MORILLO, natural de Bejuma, Estado Carabobo, fecha de nacimiento11/103/1978, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.946.419 de profesión u oficio obrero, hijo José Alberto Rodríguez (F) y Ana Morillo (V), domiciliado Sector Sabaneta Norte, sector la Caracará, adyacente a la plaza, casa sin número, La Caridad, hacienda de Naranja Municipio Montalbán, Estado Carabobo a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de Distribución de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el articulo 31 3er aparte de la Ley Orgánica contra el Tráfico ilícito y el consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en grado de complicidad en concordancia con el Art. 84 Ordina.....