Por todos los argumentos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda que por RECNOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, presentada por la ciudadana IRENE RAQUEL RUIZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.950.891, y de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio YBRAIN VILLEGAS POLANCO, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 61.340, contra el ciudadano EUGENIO RAMON RUIZ GARCIA, de venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.139.996, y de este domicilio. SEGUNDO: No se condena en costas a la parte inactiva, a tenor de lo previsto en el artículo 283 del Códi.....