III
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSE MORA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO, administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (POR DESAFECTO), presentada por los ciudadanos GEVERLYS MICHELL ARTEAGA SIMANCA y ASDRUBAL RONALDO ZARRAGA ELIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-28.517.219 y V-26.696.293, respectivamente. Abogada asistente de la solicitante, JUDERLY TREJO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 268.630. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha 23 de septiembre de 2022, ante Registro Civil de la Parroquia Juan José Flo.....