En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada REINA WALESKA CARRASCO APONTE, actuando en su carácter de apoderada judicial de la demandada, en cuanto a la no existencia de despido alguno. Así se declara.-
CONFIRMA, la sentencia dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello en fecha 10 de noviembre de 2010, en cuanto a los montos condenados, en la que declaró parcialmente con lugar la demanda intentada, por los ciudadanos WILLIAM RAMÓN PIÑA MALPICA, MARTÍN RAMÓN MARTÍNEZ, ORLANDO RAFAEL COLINA, FLORENCIO MIGUEL PADILLA ROJAS, JOSÉ LUÍS SÁNCHEZ MOLLEDA, ÁNGEL RAMÓN ROMERO ARRA.....