-IV-
DECISIÓN
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley RESUELVE:
PRIMERO: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a las ciudadanas IOLANDE VICTORIA NARVAEZ HERNÁNDEZ y GRETTE KARUZABEL NARVAEZ LEÓN, venezolanas, mayores de edad, solteras, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.240.973 y V-19.085.737, respectivamente, la cualidad de ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del De Cujus ciudadano ORLANDO ALBERTO NARVAEZ CISNERO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad V-5.389.341, con vocación hereditaria y derechos, sobre el acervo de bienes quedantes al fallecimiento del nombrado ciudadano, todo de conformidad con lo estableci.....